El programa Reactiva Perú es un programa que está diseñado para reactivar la economía nacional y proteger a los sectores productivos, extractivos y de servicios, con el objeto de dictar medidas que permitan reactivar y promover la agricultura y riego, pesca artesanal y acuicultura, minería, industria, turismo, artesanía y otros afines, así como las micro, pequeñas, medianas y grandes empresas, en el marco de la emergencia sanitaria por el COVID-19.
Sabemos que la propagación del coronavirus afecta las perspectivas de crecimiento de la economía global y en particular, el de la economía peruana, para evitar el riesgo de la alta propagación del virus en nuestro país dadas las medidas de aislamiento social derivadas de la declaratoria de Estado de Emergencia Nacional, estas vienen afectando la dinámica de algunos sectores productivos, al empleo y a los ingresos de familias y empresas.
Por otro lado, es importante considerar que las contracciones producidas en los fondos de capital de trabajo representarán una gran limitación en el reinicio de actividades de las empresas cuando el periodo de contención de propagación del virus finalice, dificultando el cumplimiento de sus obligaciones con sus trabajadores y proveedores de servicios, esto representa un riesgo de interrupción en la cadena de pagos de la economía.
Una de las acciones desplegadas por diversos países ante la severa restricción de liquidez de las empresas ha sido el otorgamiento de créditos garantizados por los gobiernos, asimismo viabilizar operaciones que permitan inyectar liquidez de sus respectivos bancos centrales, por lo tanto, es necesario adoptar medidas que permitan, por un lado, minimizar la afectación que viene produciendo el aislamiento social y su prórroga, en la economía de personas naturales y jurídicas cuyas actividades cotidianas han tenido que suspenderse ante las restricciones dispuestas en este Estado de Emergencia Nacional; y, también, asegurar la continuidad en la cadena de pagos en la economía nacional. Es por ello que con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros y con cargo de dar cuenta al Congreso de la República, ha dado el Decreto legislativo siguiente:
EL PROGRAMA “REACTIVA PERÚ” PARA ASEGURAR LA CONTINUIDAD EN LA CADENA DE PAGOS ANTE EL IMPACTO DEL COVID-19
El decreto N° 1455 tiene como objetivo promover el financiamiento de la reposición de los fondos de capital de trabajo de las empresas que enfrentan pagos y obligaciones de corto plazo con sus trabajadores y proveedores de bienes y servicios, a efectos de asegurar la continuidad en la cadena de pagos en la economía nacional.
La norma crea el Programa de Garantía del Gobierno Nacional para la Continuidad en la Cadena de Pagos – REACTIVA PERÚ, que cuenta con un monto de garantías de hasta S/ 30,000 millones. REACTIVA PERÚ es el programa de garantías más grande de nuestra historia y equivale a 4% del PBI.
Este programa de garantía complementa las medidas implementadas por el Poder Ejecutivo en apoyo de las empresas, tales como el subsidio de 35% a la planilla de las empresas con trabajadores que ganen hasta S/ 1,500. Por lo tanto, una vez levantada la medida de emergencia nacional, las empresas podrán acceder a créditos que le permitirá retomar actividades, protegiendo a sus trabajadores y moviendo nuevamente la economía.
La garantía que otorga el Programa REACTIVA PERÚ a los créditos en soles que las ESF otorgan a favor de las empresas que requieran financiar la reposición de su capital de trabajo, cubre como máximo el monto que resulte menor entre el monto equivalente a tres (3) veces la contribución anual de la empresa a EsSalud en el año 2019 y el monto equivalente a un (01) mes de ventas promedio mensual del año 2019, de acuerdo a los registros de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT).
Por otro lado, en el caso de las microempresas, para la determinación del límite de la garantía, se considera sólo el criterio del monto ventas promedio mensual señalado en el numeral precedente.
La garantía que otorga el Programa REACTIVA PERÚ cubre el saldo pendiente del crédito otorgado, de acuerdo con el siguiente detalle:
Créditos por empresa (En S/) / Garantías (%)
Hasta 30,000 / 98%
De 30,001 a 300,000 / 95%
De 300,001 a 5´000,000 / 90%
De 5 000,001 a 10’000,000 / 80%
El plazo de los créditos que otorguen las entidades del sistema financiero a las empresas beneficiaras, no puede exceder de 36 meses, lo que incluye un período de gracia de intereses y principal de hasta 12 meses.
Como resultado, este programa de garantía permitirá, temporalmente, inyectarle importantes recursos a las empresas para que puedan hacer frente a sus problemas de liquidez y asimismo atender sus obligaciones debido a la contracción de ingresos generada por la emergencia nacional a raíz del COVID-19.